El Desorbitado Financiamiento a Partidos Políticos

En 2016 en Sinaloa, según el Coneval, vivían en pobreza alrededor de 930,000 habitantes: 842,600 en situación moderada y 87,100 en extrema, por lo que resulta paradójico e insultante que en el sistema electoral local, y en una democracia carente de calidad, los partidos políticos gocen de enormes prerrogativas en materia de financiamiento. Peor aún, con ello se violenta la norma constitucional y el espíritu o propósitos del Constituyente Permanente.
Recordamos con claridad, que en relación con el sistema local de financiamiento público, en agosto de 2015 María del Rosario Sánchez Zatarain, Robespierre Lizárraga Otero y un servidor, como diputados de la LXI Legislatura y en el marco de la reforma de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa (en particular el Capítulo VIII. Del Financiamiento Público de los Partidos Políticos), votamos en contra de que se incrementara el dinero público que reciben los partidos para sus Actividades Ordinarias Permanentes debido a que se violaba flagrantemente lo dispuesto por el artículo 41, fracción II, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
A pesar de ello, se reformó dicha ley, con lo que se infringió también la Ley General de Partidos Políticos.
Ante esa circunstancia, interpusimos una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual la radicó con el expediente 66/2015.
En su sentencia, el máximo órgano jurisdiccional del país nos dio la razón jurídica, al considerar inconstitucional las citadas normas electorales. Es decir, las relativas al financiamiento público aquí en Sinaloa, por estimarlo violatorio a lo dispuesto por el referido artículo 41 de la Carta Magna, así como por diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos.
Lo lamentable del caso es que dicha resolución surtiría efectos después de los procesos electorales de 2016, por lo queel año pasado, desafortunadamente, se destinaron alrededor de 80 millones de pesos más debido a que hubo elecciones para gobernador del estado.
Se estima que para 2018, en las que no habrá proceso para gobernador, Sinaloa se ahorrará 45, 175,607 pesos, ya que se regresa a la fórmula electoral anterior, merced al fallo favorable de la SCJN. Asimismo, nuestra demanda de acción de inconstitucionalidad beneficiará directamente a la ciudadanía sinaloense que, con sus impuestos, contribuye al erario público.
Así es como asumimos los compromisos hechos con Sinaloa. Sin embargo, no estamos del todo satisfechos, pues en el país no existe todavía una democracia de calidad. Prueba de ello es que, por ejemplo, el Instituto Nacional Electoral (INE) no vigila debidamente las elecciones y deja pasar infinidad de irregularidades cometidas por algunos partidos políticos, entre ellas los famosos carruseles y las “casas amigas” que operan el día de la elección.
Aunado a lo anterior, se realiza el desvío de recursos públicos de diversos programas sociales, aprovechándose de la necesidad de la gente más pobre, y ello sucede en los comicios federales, estatales y municipales. Para eso sí resultan muy eficaces las delegaciones federales, no así cuando no hay proceso electoral.
Sin duda, esta situación amerita una reflexión más detenida. Por hoy, sólo cabe destacar que en el referido año 2015 fuimos los únicos actores sociales de nuestra entidad que promovimos una acción de inconstitucionalidad en contra de las reglas de financiamiento público.
De igual forma, a principios de este año seis diputados locales, encabezados por Víctor Antonio Corrales Burgueño, presentaron al H. Congreso del Estado de Sinaloa una iniciativa para reducir el 53% las prerrogativas a los institutos políticos en el país, misma que fue aprobada de manera unánime para que sea presentada al H. Congreso de la Unión, en la Ciudad de México. No obstante, dicha iniciativa se encuentra congelada por los diputados federales, y la razón principal de ello es que “afecta” a los grandes partidos nacionales.
Gracias y que tengan un excelente fin de semana.

La Auditoría Superior del Estado: obligada a fortalecerse

Sábado 8 de julio de 2017 


En los últimos 15 días se ha generado una controversia entre diputados locales, organismos sociales y ciudadanos en general sobre una iniciativa de ley formulada por la Comisión de Fiscalización del H. Congreso del Estado acerca de la revisión de las Cuentas Públicas, en la cual propone que se deroguen el sexto y séptimo párrafo del artículo 37 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.

Dicho párrafo establece:

El Congreso del Estado revisará, aprobará, hará observaciones o suspenderá y, de proceder, expedirá el finiquito respectivo, por cada semestre del ejercicio fiscal en los casos de las cuentas públicas del estado y de los municipios.

Cuando se decrete la suspensión de la aprobación de una cuenta pública, ésta deberá ser nuevamente discutida en el siguiente período ordinario de sesiones, previa a la revisión y aprobación en su caso, de la que corresponda al mismo.

Para algunos, la interpretación es que con esta reforma el H. Congreso del Estado renuncia a la fiscalización de las Cuentas Públicas del gobierno del estado, municipios y otros entes fiscalizables.

Para otros, entre los que me incluyo, es todo lo contario. Esta reforma sólo obedece a una armonización con el Sistema Nacional de Anticorrupción (SNA) y tiene como objetivo fortalecer la responsabilidad de la Auditoría Superior del Estado (ASE), a través de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, una de las siete leyes secundarias que se desprenden del SNA.

Sin duda, la incertidumbre y desconfianza de la sociedad tiene razón de ser, pues la corrupción y la impunidad, convertidas en una práctica común en todos los niveles de gobierno, han provocado hartazgo y escepticismo hacia los representantes populares.

La reforma que se propone con la iniciativa coadyuvará a despolitizar el proceso de revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas, situación que se ha dado por muchos años en las reuniones plenarias de los legisladores. Todo mundo sabe que en esas discusiones se impone el interés político, es decir, un partido defiende a las autoridades que provienen de su organismo político, mientras que otros defienden a los suyos; por lo general, esas discusiones terminan en una negociación.

Por tanto, se trata entonces que con la nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas, la ASE asuma un papel de más responsabilidad y que no se reduzca sólo a realizar la auditoría correspondiente al ente fiscalizable y rendir un informe a la Comisión de Fiscalización, la cual empieza por distorsionar los resultados de la auditoría realizada, y ya con estas deficiencias llega al pleno de diputados, en donde termina de politizarse completamente

Otro asunto importante es que la ASE forma parte del H. Congreso y, en ese sentido, debe asumirse como un verdadero brazo fiscalizador de ese Poder Legislativo. Hay que aceptar también que con la actual ley la ASE tiene facultades para iniciar procesos administrativos, jurídicos y hasta juicios políticos, pero en la práctica las auditorías que realiza no tienen continuidad ni seguimiento. Prueba de ello es que el anterior auditor externo, Antonio Vega Gaxiola, interpuso 93 denuncias contra funcionarios públicos, pero a ninguna se le dio curso.

Es importante remarcar que aun si se aprueban las reformas al artículo 37 constitucional, las obligaciones de los diputados están expresadas en la propia Constitución Política del Estado de Sinaloa, cuyo artículo 43, fracciones XXII y XXII BIS:

Artículo 43. Son facultades exclusivas del Congreso del Estado, las siguientes:

XXII. Revisar y fiscalizar la Cuenta Pública del año anterior, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas. La función de fiscalización se desarrollará conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad. Asimismo, deberán fiscalizar las acciones de los municipios en materia de fondos, recursos locales y deuda pública. Los informes de auditoría de las entidades estatales de fiscalización tendrán carácter público.

XXII Bis. Revisar y fiscalizar el informe que rinda la Auditoría Superior del Estado sobre la aplicación de los recursos públicos estatales o municipales, asignados a los organismos descentralizados o de participación estatal o municipal, en los términos previstos en las leyes.

En resumen, la iniciativa propuesta nunca le quita la responsabilidad al H. Congreso de revisar y fiscalizar las Cuentas Públicas, sino que le permite atender la armonización necesaria con el SNA, fortalecer el rol fiscalizador que debe tener la ASE y minimizar al máximo el proceso de politización que a la fecha se le ha dado a este proceso de revisión del gasto y aplicación del erario público. Por eso, consideramos que es necesaria y que ayudará a que el Sistema Local de Anticorrupción cumpla con los objetivos planteados.

Gracias y que pasen un excelente fin de semana.

La Importancia de la Lactancia Materna

La importancia de la lactancia materna

Por Héctor Melesio Cuén Ojeda

Desde hace casi cuatro décadas el tema de la lactancia materna empezó a ser abordado por organismos internacionales de las Naciones Unidas, como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).
En 1979, ambos organismos emitieron la resolución WHA33.32, la cual contiene una declaración y una serie de recomendaciones sobre la alimentación del lactante y del niño pequeño, y en ella también adoptaron el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna.
Poco después, según la resolución WHA44.33, dichos organismos acogieron con agrado la Declaración de Innocenti sobre la protección, el fomento y el apoyo de la lactancia natural, la cual es base para las políticas y actividades internacionales de salud.
En ese marco, resulta pertinente destacar que la leche materna es el primer alimento natural de los niños, la cual proporciona toda la energía y los nutrientes que necesitan durante sus primeros meses de vida. Y según expertos en la materia, continúa aportándoles a los infantes al menos la mitad de sus necesidades nutricionales durante la segunda mitad del primer año y hasta un tercio durante el segundo año de vida.
Asimismo, existen diversas pruebas científicas sobre las ventajas sanitarias de la lactancia, las cuales llegan hasta la edad adulta materna, y a la vez se han formulado vastas recomendaciones sobre la misma, ya que se ha demostrado que reduce la mortalidad infantil ante enfermedades comunes de la infancia, como la diarrea o la neumonía, y además favorece un pronto restablecimiento de la salud.
Por lo anterior, hoy en día se recomienda la lactancia materna exclusivamente durante los primeros seis meses de vida del bebé, debido a que, entre otras cosas, promueve el desarrollo sensorial y cognitivo y lo protege de enfermedades infecciosas y crónicas.
Sin embargo, no es tan sencillo llevar el proceso a la práctica, ya que un alto porcentaje de mamás tienen que continuar trabajando después de los 45 días posteriores al nacimiento de su bebé, por lo que les resulta difícil completar los seis meses recomendados.
Por lo anterior, se necesita reformar las leyes que rigen las relaciones laborales, o bien, que las empresas privadas y las instituciones públicas adopten genuinas políticas humanitarias para solventar ese tipo de problemas, con lo cual ayudarían en gran medida al desarrollo de los infantes y a tener en el futuro una sociedad
más sana y vigorosa.
Se trata de una necesidad urgente de resolver, ya que en México el promedio de la lactancia materna exclusiva durante los primeros 6 meses de vida del bebé es sólo del 14%, lo que coloca a nuestro país en el último lugar de Latinoamérica, junto con República Dominicana.
A pesar de que la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012 también consideró la lactancia materna como una excelente estrategia para mejorar la salud y prevenir la mortalidad infantil, en nuestro país esta actividad ha descendido de dramáticamente, al pasar en el medio urbano de un 22% en el 2006 al 15% en el 2012, mientras que en el medio rural es aún más grave, pues la lactancia materna se redujo casi a la mitad, ya que pasó del 37% al 19%.
En este contexto, es prioritario impulsar la cultura de la lactancia materna acorde con lo establecido por la Declaración de Innocenti sobre la protección, promoción y apoyo de dicha actividad.
Por eso, el 4 de abril de 2017 el Grupo Parlamentario del PAS, coordinado por el diputado Víctor Antonio Corrales Burgueño en la LXII Legislatura, presentó una Iniciativa con proyecto de Decreto por medio de la cual propone expedir la Ley para la Promoción y Apoyo a la Lactancia Materna del Estado de Sinaloa con el propósito de proteger, apoyar y promover la lactancia materna y las prácticas óptimas de alimentación de lactantes y niños pequeños.
A la luz del interés superior de la niñez, esta iniciativa sobre todo trata de establecer las condiciones para garantizar la salud, el crecimiento y el desarrollo integral de este importante sector de la población. Es, pues, una prioridad que ha de otorgarse especialmente a los derechos de los lactantes y, al mismo tiempo, a favor de todas las familias sinaloenses.

Que tengan una excelente semana.